Our partners will collect data and use cookies for ad targeting and measurement. >> PAR�GRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elecci�n, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la p�liza de seguro mencionada u ordene su contrataci�n cuando no le presente(n) la p�liza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligaci�n(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o con antelaci�n de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovaci�n, autorizaci�n esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. Para tal efecto, EL ACREEDOR GARANTIZADO o quien detente sus derechos, informar� a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) con al menos 24 horas de antelaci�n la decisi�n de activar el mecanismo de inmovilizaci�n. DECIMO QUINTA: LA CAJA, de manera alternativa a la ejecución extrajudicial o a la ejecución judicial, regulada en las cláusulas precedentes, podrá adjudicarse el(los) bien(es) otorgado(s) en garantía, conforme al siguiente procedimiento: 15.1 Producido el incumplimiento, si LA CAJA optara por la adjudicación en pago del(de los) bien(es) otorgados en garantía mobiliaria, comunicará por vía notarial a LOS CONSTITUYENTES y a EL REPRESENTANTE que ante el incumplimiento de LOS CONSTITUYENTES procederá a la adjudicación en pago del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía, emplazándolos para que pongan a disposición de EL REPRESENTANTE, dentro de las 24 horas de recibida la misma, los bienes objeto de la garantía mobiliaria. >> /Font << EL ACREEDOR GARANTIZADO, BANCO FINANDINA S.A. APODERADO: C.C. 2. /MediaBox [ 0 0 612 792 ] DOY FE, que las firmas que anteceden son AUTENTICAS , por haber La información respecto al nombre de la compañía de seguros, el número de la póliza, la suma asegurada, el monto de la prima y los riesgos cubiertos así como las exclusiones se consignará, de ser el caso, en cada una de las Hojas Resumen que forman parte integrante del(de los) contrato(s) de crédito celebrado(s) o a celebrarse en el futuro que la presente garantía respalda. g) Por fallecimiento del deudor persona natural. La mención expresa de que los bienes descritos servirán de garantía a la obligación garantizada. Chupina Cardona, Juan Pablo. El precio de venta del(de los) bien(es) en el caso de venta directa será el equivalente al 85% del valor de tasación fijado en el presente contrato. << /Tabs /S b) Este contrato de garant�a mobiliaria estar� vigente a partir de la fecha de su suscripci�n, siendo entendido que mientras no sea cancelado en forma expresa por el representante autorizado de EL ACREEDOR GARANTIZADO, la garant�a respaldar� todas las obligaciones adquiridas con ocasi�n de su otorgamiento y las que se causen o se adquieran durante su vigencia por cualquier concepto, aun cuando EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) contin�e(n) o no como propietario(a)(s) de EL BIEN, pues el contrato produce efectos jur�dicos contra terceros mientras no sea cancelada su inscripci�n. Clasificación de las universidades del mundo de Studocu de 2023. WebModelo Demanda de Ejecución Garantía Mobiliaria Nicaragua. El pago derivado de la ejecución de la garantía mobiliaria se imputará al capital, los intereses que devengue, las primas del seguro pagadas por el acreedor, las costas y costos procesales, las penalidades, la indemnización por daños y perjuicios, los gastos y las comisiones, en ese orden, salvo pacto en contrario. No. /ExtGState << /FirstChar 32 IDENTIFICACION DEL GARANTE Y DEUDOR Nombre o Razón … >> Si LOS CONSTITUYENTES realizan actos de disposición o constituyen otros gravámenes sobre los bienes afectados en garantía, con perjuicio de los derechos que le corresponde a LA CAJA como acreedor. 5 0 obj /Group << voluntad expresa de ambas partes se considera devengará una tasa Si resultare que aplicado el producto del remate para cancelar las obligaciones que por todo concepto mantienen LOS CONSTITUYENTES con LA CAJA, así como los costos del remate, incluyendo los honorarios de EL REPRESENTANTE; quedare un saldo, éste les será entregado a LOS CONSTITUYENTES. 5. /Name /F2 Las concesiones privadas que sean muebles y que no tengan carácter personalísimo. >> Open navigation menu. /hey () /ExtGState << PAR�GRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligaci�n(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasi�n a la contrataci�n del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, as� como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compa��a de seguros respectiva. /Parent 1 0 R mutuada es de doce (12) meses plazo computado a partir de la fecha [Nombre1Tit] [Nombre2Tit] [Apellido1Tit] [Apellido2Tit] mayor de edad, identificado(a) … 2 En caso de incumplimiento de las obligaciones garantizadas, entregar la posesión del(de los) bien(es) a EL REPRESENTANTE para su venta o, en su defecto, a LA CAJA cuando ésta les notifique su decisión de proceder a la ejecución de la garantía mobiliaria, dentro de las 48 horas de recibida la correspondiente comunicación. /Type /Group DECIMO TERCERA: El procedimiento para la ejecución extrajudicial de la garantía mobiliaria se sujetará a las siguientes reglas: 13.1 Vencido el plazo de 72 horas a que se refiere la cláusula décimo segunda de este contrato, LA CAJA cursará una carta notarial a LOS CONSTITUYENTES con copia a EL REPRESENTANTE informándoles que ante el incumplimiento de LOS CONSTITUYENTES procederá a la venta del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía y emplazándolos para que pongan a disposición de EL REPRESENTANTE, dentro de las 24 horas de recibida la misma, los bienes objeto de la garantía mobiliaria a fin de ser puestos a la venta a partir del tercer día hábil de recibida la referida carta notarial por LOS CONSTITUYENTES. endobj /S /Transparency /F4 22 0 R INTRODUCCIÓN /XObject << >> .............,...... de....................... De 2017 17 CONCLUSIONES En el Registro de Garantías Mobiliarias se lleva el registro de las relaciones jurídicas crediticias entre personas, siendo un registro personal; aunque lo que se inscribe es un derecho real de garantía. /MediaBox [ 0 0 612 792 ] Dotado de medidas de seguridad: autenticación o certificación electrónica. Actualmente para ayudar a la pequeña, micro y mediana empresa, se ha pensado en crear un registro especializado en garantía mobiliaria, facilitando la garantía en las obligaciones contraídas; el cual se dedique solo al registro de las mismas, es así como se crea la Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias, y en Guatemala el decreto 51-2007 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Garantías Mobiliarias. >> El poseedor del bien mueble afectado en garantía es responsable civil y penalmente, con la calidad de depositario, de la custodia y entrega inmediata del bien mueble a quien corresponda. /F3 19 0 R /Group << DECIMA SEGUNDA- TRASPASO DE EL BIEN: Sin perjuicio de lo establecido en el art�culo 2.2.2.4.2.72 del Decreto 1835 de 2015, para efectos de proceder al traspaso de la propiedad de EL BIEN, cuando �ste sea sujeto a registro, una vez enajenado o apropiado en pago EL BIEN por EL ACREEDOR GARANTIZADO, como resultado del pago directo o de la ejecuci�n especial de la garant�a, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) mediante la firma del presente contrato confiere(n) poder especial, amplio y suficiente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que, a trav�s de su representante legal o apoderado, suscriba en su(s) nombre(s) y representaci�n los documentos necesarios para el perfeccionamiento del traspaso de propiedad de EL BIEN a nombre de EL ACREEDOR GARANTIZADO, para la realizaci�n ante las autoridades correspondientes de los tr�mites tendientes a obtener el traspaso mencionado y todas las gestiones necesarias para la enajenaci�n de que trata el par�grafo primero de la cl�usula anterior. endobj /GS8 31 0 R La garantía mobiliaria es definida como el derecho real de garantía por el cual un deudor asegura el cumplimiento de una obligación, mediante la entrega de un bien mueble al acreedor u otra persona autorizada, pudiendo realizarse con o sin desplazamiento del bien, es decir que puede no entregarse el bien y solo constituirse la garantía sobre el mismo. >> OCTAVA - CAUSALES DE ACELERACI�N DEL PLAZO: EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� dar por vencido(s) el(los) plazo(s) pactado(s) con EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) para la cancelaci�n de la(s) obligaci�n(es), exigiendo el pago inmediato del(los) saldo de la(s) misma(s), incluyendo y no limitado a capital, intereses, seguros, honorarios, gastos de cobranza, de recaudo, o cualquier otro rubro en contraprestaci�n de servicios adicionales que le haya prestado EL ACREEDOR GARANTIZADO y dem�s obligaciones accesorias, sin perjuicio de las causales estipuladas para el efecto en otros documentos suscritos por EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), sin necesidad de requerimiento privado o judicial o constituci�n en mora, y sin consideraci�n al vencimiento y plazos pactados, a los cuales EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) renuncia de manera expresa en raz�n a su claro conocimiento de los t�rminos y condiciones de las obligaciones adquiridas para con EL ACREEDOR GARANTIZADO, y en su oportunidad EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� promover las acciones judiciales correspondientes o ejecutar la garant�a mobiliaria conforme con lo previsto en el presente contrato, bastando para ello la inscripci�n del formulario de ejecuci�n en el Registro de Garant�as Mobiliarias y tendr� lugar en los siguientes casos: a) Si EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) incumple cualquier obligaci�n legal o contractual directa o indirecta que tenga(n) para con EL ACREEDOR GARANTIZADO; b) Si EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) grava(n) o enajena(n), en todo o en parte, EL BIEN sin consentimiento previo y escrito de EL ACREEDOR GARANTIZADO, o si pierde(n) la titularidad o la posesi�n del mismo por cualquiera de los medios de que trata el art�culo 789 del C�digo Civil; c) Si los bienes de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) son embargados o perseguidos por terceros en ejercicio de cualquier acci�n, y en general si sobreviene acci�n judicial o extrajudicial que en cualquier forma pueda afectar EL BIEN aqu� gravado; o por la inscripci�n de un gravamen judicial o tributario en el Registro de Garant�as Mobiliarias; d) Si la presente o cualquiera de las garant�as otorgadas a favor de EL ACREEDOR GARANTIZADO desaparece, se destruye o desmejora por cualquier causa o es abandonada por EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), caso en el cual EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� optar por la subsistencia del cr�dito y del plazo correspondiente si EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) da(n) nuevas garant�as a satisfacci�n de EL ACREEDOR GARANTIZADO; e) Si se causan da�os a terceros con EL BIEN o si es usado en forma il�cita, perjudicial o peligrosa a los intereses de EL ACREEDOR GARANTIZADO. >> CUARTA - LUGAR DE PERMANENCIA: EL BIEN permanecer� habitualmente en la direcci�n (indicar la direcci�n de permanencia del bien) de (Nombre Ciudad), sin perjuicio de que pueda utilizarse en el territorio nacional. /StructParents 0 >> /Group << “El Registro de Garantías Mobiliarias, creado por esta ley, como una dependencia pública del Ministerio de Economía, tiene por objeto la inscripción de la constitución, modificación, prórroga, extinción y ejecución de garantías mobiliarias y, consecuentemente, la publicidad de las mismas. Webestos primera y preferente garantía mobiliaria a favor de EL BANCO, bajo los términos y condiciones de este Contrato en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de … /StemV 52 residencia ubicada, en Residenciales San José, colonia Villas de San MANUEL PAZ CUC, quien se identifica con el Documento Personal %PDF-1.3 WebPRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento y de conformidad con la Ley Nº 28677 (“Ley”), el DEUDOR constituye en favor del BANCO, PRIMERA Y … 15.2 Es expresamente convenido por las partes que se podrá actualizar el valor de tasación del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía mobiliaria a que se refiere el numeral precedente, a la fecha de la solicitud de adjudicación, a sólo criterio de LA CAJA, para lo cual será requerido, bajo sanción de nulidad, la intervención de peritos designados por LA CAJA y por LOS CONSTITUYENTES, debiéndose realizar la adjudicación por el 100% del valor de tasación, bajo responsabilidad de EL REPRESENTANTE. �R s-ds-d� ' �� �� �� � � � 4 ���� @ @ @ h � T � t @ 2 & p p p p p � � � �1 �1 �1 �1 �1 �1 �1 $ (4 � �6 f �1 � � " � � � �1 p p �1 % % % � ~ p p �1 % � �1 % % : �) , * p ���� �N;j� ���� )$ v �) i) Cuando cualquiera de los suscriptores llegare a ser vinculado por parte de autoridades competentes a cualquier tipo de investigaci�n por delitos de narcotr�fico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiaci�n del terrorismo, administraci�n de recursos relacionados con actividades terroristas. En caso de cesi�n del presente contrato, el cesionario podr� ser quien active el dispositivo de localizaci�n e inmovilizaci�n, el cual podr� ser contratado por EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) y cuyo costo deber� ser siempre asumido por este �ltimo. Se puede interconectar con registros similares en otros países. El avaluador analizar� las observaciones y comentarios dentro de los tres (3) d�as siguientes a su recepci�n y entregar� el aval�o definitivo de EL BIEN, el cual ser� obligatorio para EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) y EL ACREEDOR GARANTIZADO. /ExtGState << En caso de incumplir con la presente obligación, LA CAJA podrá dar por vencidos todos los plazos concedidos a LOS CONSTITUYENTES por el(los) crédito(s) otorgado(s), resolviendo dicho(s) contrato(s) y ejecutar la garantía constituida de conformidad con el presente contrato OCTAVA: En concordancia con lo establecido en la Ley 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria, la garantía que se constituye por el presente instrumento tiene por objeto garantizar, hasta por la suma de (signo monetario, monto, monto en letras) el pago de las deudas y responsabilidades en general que LOS CONSTITUYENTES tienen o pudieran tener frente a LA CAJA, en moneda nacional o extranjera, más intereses compensatorios y moratorios, comisiones y cualquier otro concepto adicional autorizado como primas de seguros pagadas por LA CAJA y tributos a que hubiere lugar; así como el reembolso de los gastos pactados en las Hojas Resumen que constituyen anexo del(de los) contrato(s) de crédito, tales como los notariales, las costas y los costos procesales, provenientes de saldos deudores de préstamos y/o facilidades crediticias o de cualquier otra índole otorgadas por LA CAJA tanto a LOS CONSTITUYENTES como a terceras personas con la fianza y/o el aval de LOS CONSTITUYENTES; así como en general pagarés o letras de cambio a su cargo y cualquier otra obligación de cualquier naturaleza de responsabilidad directa y/o indirecta de LOS CONSTITUYENTES. 15.4 Si el valor del bien(es) otorgado(s) en garantía conforme a este contrato fuere mayor que el monto de la deuda, LA CAJA deberá pagar la diferencia a EL REPRESENTANTE dentro de un plazo de diez días de recibida por LOS CONSTITUYENTES la comunicación notarial a que se refiere el numeral 15.1 precedente, siempre que LOS CONSTITUYENTES hayan cumplido con la entrega del(de los) bien(es) a EL REPRESENTANTE. /GS8 31 0 R ... si tomamos como ejemplo la cantidad de U$176.89 lo multiplicamos por. WebCONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR (DEUDOR) Conste por el presente documento el Contrato de GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR que celebran de una parte, y en calidad de acreedor, CONSUMER FINANCE ENTIDAD DE DESARROLLO A LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA – EDPYME con RUC. /Font << 16 15.6 EL REPRESENTANTE expedirá una constancia de adjudicación para los efectos tributarios correspondientes. /Type /FontDescriptor Para que exista la consideración , cada parte debe dar y recibir. /F1 12 0 R /CS /DeviceRGB Llamándose a esta garantía real “prenda”, la cual recae sobre bienes muebles, pues la que recae sobre inmuebles es la hipoteca. /Subtype /TrueType /Tabs /S /Font << Derechos y deberes del acreedor garantizado El acreedor garantizado, salvo pacto distinto, tiene el derecho de: 7         Ejecutar la garantía mobiliaria cuando se produzca el incumplimiento de la obligación garantizada. /XObject << /FontWeight 400 en Change Language. 2. 15 DECIMO CUARTA: LA CAJA podrá solicitar la ejecución judicial del(de los) bien(es) otorgados en garantía conforme a las disposiciones del presente contrato en cualquier momento y a su solo criterio. El acreedor garantizado está obligado a devolver el bien afectado en garantía mobiliaria al constituyente o deudor cuando se cumpla con la obligación principal garantizada. Para que la garantía mobiliaria sea oponible frente a terceros debe estar inscrita en el Registro correspondiente. /F1 12 0 R WebCONTRATO PRIVADO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA. /Type /Group tres mil setecientos tres espacio cero ciento tres (1620 03703 0103) respectivo y d) Que leí lo escrito a los interesados quienes enterados Los gastos que se generen de la inspección señalada serán por cuenta de LOS CONSTITUYENTES, incluso si LA CAJA optara por realizar la diligencia en presencia de un Notario o autoridad judicial. cláusulas; PRIMERA : Manifiesta EL ACREEDOR GARANTIZADO , que endobj Deberá abstenerse de todo acto que importe abuso del bien mueble; La obligación de entregar la posesión del bien mueble dado en garantía mobiliaria al representante designado para su venta o, en su defecto, al acreedor garantizado cuando éste notifique al constituyente su decisión de proceder a la ejecución de la garantía mobiliaria; La obligación de conservar el bien mueble afecto en garantía mobiliaria y, consecuentemente, evitar su pérdida o deterioro. Naturaleza Jurídica: Es una institución pública creada dentro del ámbito estatal, sin personalidad jurídica; la cual tiene sus propios principios, doctrinas y legislación. PAR�GRAFO TERCERO: Las partes acuerdan que cuando no sea posible el procedimiento especial de enajenaci�n pactado en el Par�grafo Primero de esta cl�usula, EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� proceder a la apropiaci�n del bien en pago de la obligaci�n garantizada, para lo cual EL ACREEDOR GARANTIZADO, comunicar� esta decisi�n de apropiaci�n a la Entidad Autorizada quien notificar� a los interesados, momento en el cual EL ACREEDOR GARANTIZADO se reputar� due�o de EL BIEN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 28677, LOS CONSTITUYENTES son civil y penalmente responsables de la entrega inmediata del(de los) bien(es) afectos en garantía a EL REPRESENTANTE. i) Abstenerse de manipular, apagar, retirar y/o sustraer el dispositivo de localizaci�n vehicular. >> Los materiales de construcción o procedente de una demolición si no están unidos al suelo. << tiene por recibida a su entera satisfacción la cantidad de dinero 18 BIBLIOGRAFÍA Aguilar Guerra, Vladimir Osman. Ley de Titulacion Supletoria de Guatemala en pdf. PARAGRAFO PRIMERO: Las diferencias que surjan entre las partes y que pudieran dar lugar a una oposici�n de las previstas en el art�culo 66 de la Ley 1676 de 2013, podr�n ser solucionadas por un conciliador que ser� nombrado por el Centro de Conciliaci�n, Arbitraje y Amigable Composici�n de la C�mara de Comercio o ante el notario en donde se adelante el proceso de ejecuci�n especial de la garant�a. indicada en la cláusula anterior y que se declara listo y llano deudor Guatemala, Guatemala, quien a su vez puede ser contactado al “El término garantía mobiliaria comprenderá todas las garantías sobre bienes muebles, incluyendo enunciativa pero no limitativamente a la prenda común o civil; prenda agraria, ganadera e industrial; prenda sobre certificados de depósito, bonos de prenda, cartas de porte o conocimientos de embarque, facturas cambiarías, cédulas hipotecarias, vales, bonos bancarios, certificados fiduciarios, títulos valores, saldo a favor en crédito en cuenta corriente y el valor de rescate de una póliza de seguro”. EL REPRESENTANTE extenderá los documentos de transferencia de propiedad del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía mobiliaria, otorgando los comprobantes de cancelación correspondientes. >> Aceptado el inicio de la ejecuci�n especial de la garant�a, EL ACREEDOR GARANTIZADO, realizar� la liquidaci�n del cr�dito objeto de la ejecuci�n en el Registro de Garant�as Mobiliarias, respecto del valor de la obligaci�n garantizada, mientras que la Entidad Autorizada, a solicitud de EL ACREEDOR GARANTIZADO, enviar� a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), al correo electr�nico que consta en el Registro y en este contrato, el aviso de inicio, remitiendo copia del formulario de ejecuci�n, copia del acta de inicio y dem�s documentos de conformidad con lo ac� dispuesto y lo establecido en el numeral 1 del art�culo 65 de la Ley 1676 de 2013. /XHeight 250 e) Terminado el acto de remate EL REPRESENTANTE extenderá un acta del mismo. d) De requerirse más remates se procederá como está indicado en el literal precedente. /CS /DeviceRGB No se inscriben los vehículos automotores. h) Permitir la revisi�n del dispositivo de localizaci�n vehicular por parte del prestador del servicio de localizaci�n, o quien este designe para tal asunto, cuando sea requerido por aquel. Si hubiese gravámenes posteriores a la garantía mobiliaria materia del presente contrato, EL REPRESENTANTE consignará a la orden del juez el saldo del precio de venta que hubiese después de haberse hecho cobro LA CAJA. PAZ CUC , de treinta y cinco años de edad, casado, guatemalteco, 7 0 obj endobj SEGUNDA - OBLIGACI�N(ES) GARANTIZADA(S): EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) garantiza(n) a trav�s del presente contrato cualquier obligaci�n presente, pasada o futura que conjunta o separadamente haya(n) adquirido o adquiera(n) con EL ACREEDOR GARANTIZADO, conforme con los montos, condiciones y plazos que se estipulen en los documentos que las instrumentan, sus intereses corrientes y moratorios, seguros, derechos de registro del presente contrato, honorarios judiciales, gastos y costos de cobranza extrajudicial y/o judicial, gastos de ejecuci�n, de inspecci�n y guarda, de recaudo, comisiones, arancel judicial o su equivalente, o cualquier otro rubro en contraprestaci�n de servicios adicionales que le haya prestado EL ACREEDOR GARANTIZADO y dem�s obligaciones accesorias, o derivada de da�os y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del presente contrato, as� como todos los gastos a que haya lugar, hasta su pago total, sumas de dinero que se obliga(n) a cancelar con dineros de proveniencia licita. /Resources << DECIMA TERCERA- CESI�N: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) expresamente, con todas las consecuencias que la ley se�ala, cualquier cesi�n, total o parcial, que EL ACREEDOR GARANTIZADO haga de las obligaciones a su cargo y de las garant�as que las amparen, y desde ahora se da(n) por notificado(a) de la misma. /Image21 34 0 R /F2 15 0 R /Count 8 En constancia de lo anterior, se firma en la ciudad de ________________________________ a los __________________ (___) d�as del mes de ______________ del a�o ___________. En el caso de la subasta extrajudicial, el lugar y la fecha a partir de las cual el(los) bien(es) se encontrarán en exhibición así como el lugar y la fecha en que se llevará a cabo el remate de los mismos. /Contents 45 0 R PAR�GRAFO PRIMERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) asumir�(n) los costos y/o gastos que se deriven de la verificaci�n t�cnica que sea necesaria, a juicio de EL ACREEDOR GARANTIZADO, para establecer el estado y condiciones de EL BIEN. Weba)Si EL CONSTITUYENTE incumple total o parcialmente cualquiera de LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS, inclusive aquellas vinculadas con el pago oportuno en los plazos convenidos. El saldo de cuentas bancarias, depósitos bancarios, cuentas de ahorro o certificados de depósito a plazo en bancos u otras entidades financieras. El plazo de vigencia de la garantía mobiliaria. /CS /DeviceRGB a) Valor de EL BIEN en la publicaci�n que efect�a FASECOLDA o la REVISTA MOTOR vigente al momento de la valoraci�n; b) Aval�o realizado por AUTOMAS o por cualquiera de los peritos avaluadores que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 1673 de 2013 y los indicados en el Decreto 1835 de 2015, a discreci�n del EL ACREEDOR GARANTIZADO. /ItalicAngle 0 PAR�GRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitar�(n)� a la compa��a de seguros la modificaci�n de la p�liza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cl�usula de renovaci�n autom�tica, comprometi�ndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la p�liza respectiva y sus anexos, as� como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnizaci�n se subrogue a la(s) obligaci�n(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el art�culo 1101 del C�digo de Comercio, toda vez que el presente contrato tambi�n se extiende a la indemnizaci�n debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse tambi�n de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. /GS7 30 0 R endobj Mantener comunicación con registros existentes o futuros. /CS /DeviceRGB /Type /Group /ProcSet [ /PDF /Text /ImageB /ImageC /ImageI ] VIGESIMO PRIMERA: Todos los gastos e impuestos que devengue este contrato, así como los derechos notariales y registrales que ocasione, serán de cuenta única y exclusiva de LOS CONSTITUYENTES. número de teléfono más (+) quinientos dos, treinta y tres cuarenta y EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� contratar servicios de terceros para efectos de promocionar y vender EL BIEN o acudir a los procedimientos se�alados en el art�culo 69 de la Ley 1676 de 2013. /StemV 47 /MediaBox [ 0 0 612 792 ] su nombre o como EL DEUDOR GARANTE , indistintamente, quien, puede ser localizado en la primera avenida tres guion setenta y uno Patología estructural y funcional, Aportes de la Doctrina Social de la Iglesia a la concepción del Estado, Recurso de Revocatoria (Moroni - Formato sin datos), Logros obtenidos en la implementación del CNB, Excepciones en el procedimiento ordinario laboral, Lenguaje 2022 - Guia de estudio para la prueba basica de la usac, Práctica de Hipodermia de cincias clínicas, Cien refranes cortos y su significado (100). yn?���2������0�?�(o��Z�������Ds�Ḽ�S*�T���9�s�mf"=������ܸ����k��t��0J�gdGº盯��c�P��'�v�s8[��Aa.V�B��^�v5}>߅R�a�aB"ֽ�v(���AQ�N�dJ����C�2��\U�b��t���2~��^C�)��� ���O�W�m?v�)���%�xV�c�!���Iy������LɔLɔL��?��������Z�M`���}H�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�d��.��o�E��R�0=[���N+q��l!��Ǟ���E�c�=�3��%����ID��mI7Ow93���'�# y%��5�}�}��w���g��{�v�W��?�t��h�-+�?�v횓V�ZYYX^�l�ŋ.�?o��e�%ųf�gL?a��)��&M�PX0j䰼�!��ެ�T��a�Z�&�A�S8Y�+�RcyU1}�oΜQ"���c���0��S�47�XO?���*��!M/Դ>O�8���A �4��D��*�4V��������٬ž�u�H��j��Aņ�Z��aӹ&�a�S�)����t����ؒ��%���J�Ɗ�X1cq̤�Râ��\u��];�]��*�^� ���邨ԥ+��:+���+� ��n��������}6Yo. presente, conjuntamente con la Notario que autoriza, a la que se le Si LOS CONSTITUYENTES incurren en las causales de resolución establecidas en los numerales 7.4, 7.5 y 7.8 de la cláusula sétima del presente contrato. /Subtype /TrueType Las locomotoras, vagones y demás material rodante afecto al servicio de ferrocarriles. >> /Parent 1 0 R El valor del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, acordado entre las partes o fijado por un tercero de común acuerdo. WebCONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR (DEUDOR) Conste por el presente documento el Contrato de GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR que celebran de una … /Image24 36 0 R >> /GS8 31 0 R f) EL REPRESENTANTE entregará directamente a LA CAJA el importe del(de los) bien(es) rematado(s), haciéndolo de conocimiento de LOS CONSTITUYENTES. /XObject << << EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) declara(n) que voluntaria y expresamente acuerdan que la direcci�n de correo electr�nico que se indica al final del documento, � en su defecto la registrada en el Banco es la direcci�n para notificaciones, y que cualquier modificaci�n ser� informada a EL ACREEDOR GARANTIZADO. En la relación jurídica crediticia, se puede dar la garantía con posesión o sin ella, lo que llamamos en el caso de la prenda como, prenda con desplazamiento o sin desplazamiento; en el caso de darse una garantía mobiliaria sin posesión, esta se debe inscribir en el Registro de Garantías Mobiliarias, para los efectos de su publicación y sea oponible frente a terceros. >> [ 278 0 0 0 0 0 0 0 333 333 0 0 278 333 278 0 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 333 0 0 0 0 0 0 722 722 722 722 667 611 778 722 278 556 0 611 833 722 778 667 778 722 667 611 722 667 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 556 611 556 611 556 333 611 611 278 278 0 278 889 611 611 611 611 389 556 333 611 556 0 556 556 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 0 0 0 0 0 778 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 278 0 0 0 611 0 611 ] 3. /MaxWidth 2628 /Type /Font teléfono (+) quinientos dos treinta y cinco, sesenta, cuarenta, sesenta /Descent -250 WebCONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA (1) Conste por el presente instrumento un CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA que … /FontName /Arial-BoldMT De requerirse un cuarto remate se tomará como precio base las dos terceras partes de la tasación a que se refiere este literal. La garantía mobiliaria es suscrita por las partes en formularios aprobados por la Superintendencia nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y extendida por el Notario en su archivo, a solicitud de alguna de las partes interesadas en su otorgamiento. anual, c) FORMA DE PAGO : Los intereses serán pagados en forma Puede darse con o sin desposesión del bien. Podrá pactarse un plazo indefinido. la presentación del Testimonio de esta Escritura en el Registro (Q,000) en concepto de mutuo, el cual será cancelado de >> Todo tipo de maquinaria o equipo que conserve su carácter mobiliario. /Resources << La garantía mobiliaria puede constituirse sobre uno o varios bienes muebles específicos, sobre categorías genéricas de bienes muebles o sobre la totalidad de los bienes muebles del constituyente de la garantía mobiliaria, sean presentes o futuros, corporales o incorporales. /Leading 33 En la eventualidad que ocurriera un siniestro, pérdida o destrucción de los bienes otorgado(s) en garantía, LA CAJA aplicará la indemnización que corresponde, a la cancelación y/o amortización de los intereses, gastos y capital que se encuentren pendientes como producto de las deudas y obligaciones a que se refiere la cláusula octava de este contrato. Instrumento otorgan CONTRATO DE MUTUO CON GARANTÍA 13.2 Recibido(s) el(los) bien(es) afecto(s) en garantía por EL REPRESENTANTE, éste procederá a la ejecución extrajudicial del(los) mismo(s) mediante el siguiente procedimiento: 1. /CapHeight 750 /Group << 4 0 obj endobj /Filter /FlateDecode de Guatemala, Guatemala, a quien en el presente instrumento se le /LastChar 243 13.3 Cualquiera sea el medio que utilice EL REPRESENTANTE para difundir la venta de los bienes afectos en garantía, los avisos de difusión deberán contemplar como mínimo la siguiente información: 1. De no ser posible la entrega de EL BIEN por los mecanismos de entrega y aprehensi�n acordados en el presente contrato, proceder� la aprehensi�n y entrega de EL BIEN con la participaci�n de la autoridad jurisdiccional competente. Si se trata de persona natural no comerciante, incurrir en insolvencia y liquidaci�n patrimonial de bienes. 7. De no llegarse a una conciliaci�n, las oposiciones ser�n resueltas por el juez civil competente seg�n la jurisdicci�n prevista en el C�digo General del Proceso de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley 1676 de 2013 y en sus disposiciones reglamentarias. >> /ItalicAngle 0 Se reduce la calificación registral gracias a la automatización. /GS7 30 0 R Las partes intervinientes en el contrato podrán cambiar de domicilio dentro de la jurisdicción judicial y administrativa de esta ciudad, previa notificación hecha a la parte contraria por medio de carta notarial con 15 días de anticipación, sin cuyo requisito no surtirá efecto legal alguno dicho cambio, en cuanto se relacione al presente contrato. Parte de la contraprestación … /MediaBox [ 0 0 612 792 ] /Widths 18 0 R /Image13 32 0 R EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� solicitar a la autoridad jurisdiccional competente, que libre orden de aprehensi�n y entrega del bien y que el mismo se entregue y deposite en el lugar que indique EL ACREEDOR GARANTIZADO. /Image39 50 0 R >> Ronald F. Clayton m1 �1 0 2 �) . PAR�GRAFO SEGUNDO: Queda convenido y por tanto EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que cargue a la(s) obligaci�n(es) garantizada(s) las sumas de dinero derivadas de los conceptos descritos en la presente cl�usula, las cuales desde la fecha de su cancelaci�n por parte de EL ACREEDOR GARANTIZADO devengar�n intereses corrientes y moratorios a la tasa m�xima legal permitida. 5           En caso de bienes no registrados, la declaración jurada del constituyente sobre su condición de propietario del bien mueble afectado en garantía mobiliaria. Los derechos a dividendos o a utilidades de sociedades. /Contents 51 0 R La descripción específica o genérica de la obligación garantizada, según lo acuerden las partes. /GS7 30 0 R El acreedor garantizado podr� inspeccionar EL BIEN, as� como el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a �ste, y a cargo EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), tales como vigencia de seguros, revisi�n t�cnico mec�nica, pago de impuestos y multas. E n la ciudad de Guatemala, el veintiocho de abril de dos mil veintidós, /Font << LOS CONSTITUYENTES se obligan a endosar la respectiva póliza y sus renovaciones a favor de LA CAJA con el fin de que éste pueda cobrar directamente el seguro en caso de siniestro y aplicarlo, llegado el caso, al pago de la obligación que dicho(s) bien(es) garantiza(n) sin que pueda imputársele responsabilidad alguna por la liquidación de la póliza y sin perjuicio de hacer valer sus derechos por el saldo que quedare pendiente. As� mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la mora en el pago de las primas genera los efectos establecidos en el art�culo 1068 del C�digo de Comercio respecto a la terminaci�n autom�tica del seguro. setecientos tres espacio cero ciento tres (1620 03703 0103) estipulaciones, a) PLAZO : El plazo para el pago de la cantidad �� � bjbjoo 10 0 obj EL Patrimonio Guias conceptuales 1 a 2, Equilibrio acido base adriana khan sag 202045841, Memorial DE Demanda DE Extincion DE Pension Alimenticia ezequiel. sido puestas el día de hoy en mi presencia por el señor JOSÉ WebContrato de garantía mobiliaria - Read online for free. i) EL REPRESENTANTE ni LOS CONSTITUYENTES podrán intervenir como postores. 8 0 obj /Type /Group  Adquirente: el tercero que por cualquier título adquiere un bien mueble afecto a la garantía mobiliaria. /Resources << /Widths 14 0 R Se deja expresa constancia que la garantía mobiliaria constituida por el presente contrato garantiza todas las obligaciones presentes y futuras, directas e indirectas, asumidas por LOS CONSTITUYENTES frente a LA CAJA. >> /AvgWidth 479 /F4 22 0 R Puede constituirse garantía mobiliaria abierta para asegurar obligaciones propias o de terceros, presentes o futuras. Serán por cuenta de LOS CONSTITUYENTES todos los gastos producidos por la venta directa de los bien(es). NOVENA- EJECUCI�N DE LA GARANT�A MOBILIARIA: En el evento de incumplimiento de la obligaci�n garantizada o acaecida alguna causal de aceleraci�n del plazo de conformidad con lo estipulado de com�n acuerdo en el presente contrato, EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� adelantar la ejecuci�n de la garant�a iniciando a su discreci�n el mecanismo de pago directo o alternativamente el de ejecuci�n especial de la garant�a o el de ejecuci�n judicial, de conformidad con lo previsto en este contrato y en la Ley 1676 de 2013, y dem�s normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. Learn how we and our ad partner Google, collect and use data. El plazo para la venta será de 90 días, si no se realiza pasará sucesivamente y por el mismo plazo a instancias del segundo o ulteriores acreedores. Indicación de los datos de inscripción del bien mueble en un Registro Jurídico de Bienes, cuando corresponda. La falta de pago de /S /Transparency  Derechos sobre bienes muebles. /Contents 41 0 R Todo bien mueble dado en arrendamiento financiero o arrendado. /Type /Pages >> /FontWeight 700 /Type /Group /GS8 31 0 R 04300 0103) extendido por el Registro Nacional de las Personas de g) Serán por cuenta de LOS CONSTITUYENTES todos los gastos producidos por el(los) remate(s). /Image30 40 0 R /MediaBox [ 0 0 612 792 ] Dentro de su legislación se encuentran: el Decreto número 51-2007, Ley de Garantías Mobiliarias, la que crea al Registro de Garantías Mobiliarias; Decreto número 462008, modificaciones a la Ley de Garantías Mobiliarias; Acuerdo Gubernativo número 386-2008, Reglamento de la Ley de Garantías Mobiliarias; Resolución 001-2009 del Ministerio de Economía, referente al Arancel del Registro de Garantías Mobiliarias. 14 3. 6 0 obj /F3 19 0 R /FontFile2 17 0 R de Guatemala, Guatemala, Y señor JOSE MANUL FIGUEROA Para tal efecto, deberá sujetarse a las siguientes reglas: 1. /FontBBox [ -628 -210 2000 728 ] /F2 15 0 R Comprende, salvo pacto distinto, la deuda principal, los intereses, las comisiones, los gastos, las primas de seguros pagadas por el acreedor garantizado, las costas y los costos procesales, los eventuales gastos de custodia y conservación, las penalidades, la indemnización por daños y perjuicios y cualquier otro concepto acordado por las partes hasta el monto del gravamen establecido en el acto jurídico constitutivo. extendido por el Registro Nacional de las Personas del departamento << /ExtGState << /F3 19 0 R Abrir el menú de navegación. Toda esta información correspondiente. Los nombres de las partes. Abrir el menú de navegación. … /CS /DeviceRGB En caso de incumplimiento de esta obligaci�n, EL ACREEDOR GARANTIZADO a su discreci�n podr� hacer efectiva la garant�a en contra del adquirente de EL BIEN, o solicitar la sustituci�n del bien en garant�a o la subrogaci�n por el precio de venta o por los dineros que se reciban de la enajenaci�n como bien atribuible hasta el pago total de la obligaci�n garantizada. endobj << Un contrato de garantía es un contrato para celebrar un contrato futuro. WebValor de la Garantía Mobiliaria: EL GARANTE MOBILIARIO, con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia, Ley Nº 28677 – Ley de Garantía Mobiliaria, y sus modificatorias, en adelante la Ley Aplicable, declara bajo su total responsabilidad que el bien afectado en garantía mobiliaria es de su exclusiva propiedad. A criterio exclusivo de LA CAJA, dicha acta podrá ser extendida ante notario público. DECIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS /CS /DeviceRGB Las naves y aeronaves. En caso de desposesión puede pactarse la entrega del bien afectado en garantía al acreedor garantizado o a un tercero depositario. /S /Transparency /Image33 42 0 R Pasados cinco (5) d�as comunes a partir del vencimiento de la fecha para la entrega voluntaria de EL BIEN a EL ACREEDOR GARANTIZADO o a la persona que este hubiere designado, sin que el EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) hubiera cumplido con esta obligaci�n, de conformidad con lo pactado en este contrato, El ACREEDOR GARANTIZADO podr� deshabilitar el sistema el�ctrico o electr�nico de EL BIEN, a trav�s de los dispositivos que se le haya instalado, si es del caso, y determinar su ubicaci�n mediante sistemas de ubicaci�n satelital, previa informaci�n a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) 24 horas antes del uso de tal mecanismo, de esta forma EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� tomarlo en cualquier lugar donde se encuentre y retenerlo bajo la responsabilidad y a costa de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), de conformidad con lo informado e instruido en la comunicaci�n de que trata el par�grafo primero anterior. EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) declara(n) voluntaria, incondicional y expresamente que conoce(n) los t�rminos y condiciones del presente contrato, que el mismo lo suscribe(n) despu�s de haberlo recibido previamente para su lectura, que las dudas sobre los t�rminos, condiciones y conceptos en �l contenidos fueron absueltas por EL ACREEDOR GARANTIZADO, y que por lo tanto firma(n) el presente documento con pleno conocimiento de las estipulaciones que se establecen en �l. /XHeight 250 /Parent 1 0 R /XObject << n la ciudad de Guatemala, el veintiocho de abril de dos mil veintidós, , constituido en mi oficina profesional ubicada en la. /AvgWidth 521 En defecto de plazo pactado, se presume que es indefinido. de dinero que pagará de conformidad con las siguientes /F4 22 0 R >> /XObject << /F1 12 0 R Si el acreedor garantizado pierde la posesión del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, puede recuperarla en poder de quien se encuentre, inclusive del deudor. /F5 46 0 R Los comparecientes me aseguran hallarse en >> extendido por el Registro Nacional de las Personas del departamento /Resources << WebPágina 1 de 6 CONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE VEHÍCULO AUTOMOTOR De una parte, EL(LOS) DEUDOR(ES) Y/O EL (LOS) GARANTE(S) obrando en la calidad indicada en el pie de firma del presente contrato y por la otra BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A., identificado con NIT 860.034.594-1, … LOS CONSTITUYENTES declaran que el lugar de depósito de los bienes entregados en garantía mobiliaria está ubicado en............................................ . Los créditos, con o sin garantía mobiliaria. -------------Notario , constituido en mi oficina profesional ubicada en la A partir de la inscripci�n del formulario de ejecuci�n en el Registro de Garant�as Mobiliarias, ser� obligaci�n de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), informarse acerca de las modificaciones y actualizaciones de la informaci�n en el Registro. La garantía recaída sobre vehículos no es inscrita en el Registro de Garantías Mobiliarias, sino en el Registro de la Propiedad, como prenda; siendo este un bien mueble que no se considera una garantía mobiliaria. 14 0 obj >> /FontBBox [ -503 -250 1240 750 ] WebCódigo: 010108-22112018.V1 1 / 5 CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA Conste por el presente documento el CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE GARANTÍA MOBILIARIA, que celebran de una parte la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., con RUC N° 20104888934, inscrita en la partida 11000251 del Registro de … /CS /DeviceRGB Adjudicarse en pago los bienes afectos en garantía mobiliaria, de conformidad con la ley de la materia. /Type /Page /F3 19 0 R D�CIMA QUINTA - AUTORIZACIONES: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para: a) Llenar todos los espacios en blanco que quedaren por completar al momento de la suscripci�n del presente contrato, en especial los relacionados con la identificaci�n de EL BIEN, los cuales se diligenciaran conforme con la factura de venta expedida por el proveedor del mismo. el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente $ CONTRATO DE GARANT�A MOBILIARIA Entre el BANCO FINANDINA S.A., en adelante EL ACREEDOR GARANTIZADO, y 1) (NOMBRES Y APELLIDOS GARANTE Y/O DEUDOR), mayor de edad, con domicilio en la ciudad de (Nombre Ciudad), identificado(a) como aparece al pie de su firma, actuando en nombre propio; 2) (NOMBRES Y APELLIDOS GARANTE Y/O DEUDOR), mayor de edad, con domicilio en la ciudad de (Nombre Ciudad), identificado como aparece al pie de su firma, actuando en nombre propio; 3) (NOMBRE SOCIEDAD) identificada con el NIT (n�mero NIT), sociedad legalmente constituida mediante Escritura P�blica n�mero (n�mero Escritura P�blica) del (d�a en n�meros) de (mes en letras) de (a�o en n�meros), otorgada en la Notar�a (notar�a en n�meros) de (Nombre Ciudad) o mediante documentos privado de fecha (d�a en n�meros) de (mes en letras) de (a�o en n�meros),con domicilio principal en la ciudad de (Nombre Ciudad), representada legalmente en este acto por (NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL), mayor de edad, identificado(a) con la c�dula de (indicar si es de ciudadan�a o de extranjer�a) n�mero (n�mero c�dula) de (Lugar de Expedici�n), domiciliado en la ciudad de (Nombre Ciudad), debidamente facultado(a) para el efecto, en adelante EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), se celebra el presente Contrato de Garant�a Mobiliaria, en adelante el Contrato de Garant�a Mobiliaria, al cual se le aplicar�n las disposiciones del C�digo de Comercio, del C�digo Civil, de la Ley 1676 de 2013 y dem�s normas concordantes, reglamentarias y/o sustitutivas sobre la materia, y se regir� por las siguientes cl�usulas: PRIMERA - OBJETO: En virtud del presente contrato, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) constituye(n) a favor de EL ACREEDOR GARANTIZADO garant�a mobiliaria sobre el bien en garant�a que a continuaci�n se describe, en adelante EL BIEN, y sus bienes derivados y atribuibles en respaldo de la(s) obligaci�n(es) mencionada(s) en la cl�usula segunda. sin necesidad de cobro o requerimiento alguno. /MaxWidth 1743 /StructParents 7 /Length 78285 /Tabs /S WebCONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA PRENDA SIN TENENCIA SOBRE VEHICULO – MOTOCICLETA 1. [email protected] /CapHeight 728 Si LOS CONSTITUYENTES incumplieran cualquiera de sus obligaciones emanadas del presente contrato y no las subsanan en el plazo otorgado por LA CAJA. /GS8 31 0 R /Type /Page English (selected) Español; /Parent 1 0 R PAR�GRAFO: EL (LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) expresamente y en todo tiempo con EL ACREEDOR GARANTIZADO a responder por la licitud de los documentos y placas de identificaci�n del bien dado en garant�a, as� como de su debido registro en el Registro Nacional Automotor, y asume la responsabilidad civil o penal que se derive la falsedad o inexactitud de las declaraciones efectuadas a trav�s de este contrato. /Contents 35 0 R >> /S /Transparency S.A., conforme al Artículo 7º de la Ley 1676 de 2013, tiene la calidad de Garantía Mobiliaria Prioritaria de Adquisición, debido a que el crédito otorgado por GIROS Y quinientos cincuenta y tres espacio cero cuatro mil trescientos Si se comprueba que la información proporcionada por LOS CONSTITUYENTES en relación al presente contrato y/o para sustentar u obtener el(los) crédito(s) concedido(s) o que se le pudieran conceder fue alterada o falsificada. Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación. La obligación de informar, por conducto notarial, al acreedor garantizado sobre la ubicación, traslado, venta, transformación o transferencia del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, que no está incorporado en un Registro Jurídico. Las partes convienen, con arreglo a lo previsto en el inciso 10 del artículo 132 de la Ley 26702, que si LOS CONSTITUYENTES incurrieran en uno cualquiera de los supuestos indicados en la presente cláusula, LA CAJA podrá solicitarles que cancelen el importe de sus obligaciones totales pendientes de pago, vencidas y no vencidas; y si no cumplieran con hacerlo dentro de las 72 horas de notificados a tal efecto, notarialmente o por cualquier otro medio, LA CAJA podrá dar por vencidos todos los plazos de las obligaciones a cargo de LOS CONSTITUYENTES y proceder, alternativamente, con arreglo a los términos y condiciones previstos en el presente contrato, y a su exclusiva decisión, a: 1. /ProcSet [ /PDF /Text /ImageB /ImageC /ImageI ] 4 Es expresamente convenido que en caso LOS CONSTITUYENTES dañaran el(los) bien(es) otorgados en garantía mobiliaria, LA CAJA podrá, a su criterio, exigir la entrega del(de los) mismo(s) en depósito a una tercera persona, solicitar la entrega de uno o más bienes muebles de igual o mayor valor para reemplazar al(a los) bienes dañados o deteriorados a los cuales reemplazarían; o proceder a la ejecución de la garantía. 15.5 LA CAJA, en caso el(los) bien(es) otorgado(s) en garantía mobiliaria se encontraran afectos a otros gravámenes que lo precedieran en rango, deberá cancelar o pagar hasta donde alcance su importe, consignándolo al Juez. El poseedor del bien mueble afectado en garantía es responsable civil y penalmente, con la calidad de depositario, de la custodia y entrega inmediata del bien mueble a quien corresponda. >> /CS /DeviceRGB PARAGRAFO SEGUNDO: Iniciada la ejecuci�n de la garant�a mobiliaria, cesar� la tenencia autorizada de EL BIEN en manos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), sin necesidad de constituirlo(s) en mora, a la cual renuncia(n) expresamente, por lo que EL ACREEDOR GARANTIZADO, de conformidad con lo acordado en este contrato y facultado por lo dispuesto en el art�culo 75 de la Ley 1676 de 2013, podr� asumir el control y la tenencia de EL BIEN. Sujetos que integran la garantía mobiliaria  Acreedor garantizado: la persona en cuyo favor se constituye la garantía mobiliaria o quien hubiese adquirido, bajo cualquier título, la obligación garantizada. GARANTIZADO , de la suma de VEINTICINCO MIL QUETZALES >> La identificación y la descripción del bien mueble afectado en garantía mobiliaria. D�CIMA CUARTA - T�RMINO DEL CONTRATO Y VIGENCIA DE LA INSCRIPCI�N EN EL REGISTRO DE GARANT�AS MOBILIARIAS: Las partes establecen que el t�rmino del presente contrato ser� hasta que se encuentren satisfechas la totalidad de las obligaciones garantizadas y la vigencia de inscripci�n del mismo en el Registro de Garant�as Mobiliarias ser� de diez (10) a�os, contados a partir de la fecha de la inscripci�n de la garant�a, la cual podr� preceder la firma del presente documento, para lo cual se autoriza su inscripci�n y ser� prorrogable por periodos de tres (3) a�os hasta la satisfacci�n total de la obligaci�n garantizada. /F1 12 0 R comerciante, de este domicilio y vecindad, quien se identifica con el WebLa presente garantía mobiliaria se rige por las disposiciones contenidas en el Código Civil la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y en lo que resulte aplicable a la ley de Garantía Mobiliaria. El(los) bien(es) objeto de venta directa podrán ser adquiridos en cualquier momento por los interesados a partir de la fecha en que sean puestos en exhibición. Si el acreedor garantizado dañara o pusiera en peligro el bien mueble afectado en garantía mobiliaria, el deudor o el constituyente tendrán derecho a exigir su entrega en depósito a una tercera persona, sin perjuicio de la indemnización a que hubiere lugar; el deterioro o daño del bien mueble se verificará comparando el estado de conservación encontrado con el declarado en el inciso 5 del artículo 19 de la Ley de garantías mobiliarias o mediante peritaje acordado entre las partes. endobj 3 Conservar el(los) bien(es) afecto(s) en garantía mobiliaria mientras se encuentre en vigencia este contrato, estando LOS CONSTITUYENTES facultados a ejercitar las acciones necesarias para evitar la extinción, deterioro o pérdida del(de los) bien(es), quedando además obligados a comunicar a LA CAJA sobre cualquier situación que pudiera poner en peligro la existencia material y perfecto estado de conservación de los bienes materia de la presente garantía.